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  IMPUESTO VEHICULAR  
 

predial

El Impuesto Vehicular, es un tributo que se cobra a los propietarios de vehículos, automóviles, camionetas, station wagon, camiones, buses y omnibuses con una antigüedad no mayor de tres (3) años; la cual se computará a partir de la primera inscripción en registro de propiedad vehicular.

CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO

edificioEstán obligados a pagar el Impuesto al Patrimonio Vehicular, las personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos señalados antes. Cuando se efectúe cualquier cambio, el nuevo propietario asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero siguiente de producida la transferencia.

 
 
 
 

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