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  IMPUESTO PREDIAL  
 

predial

El Impuesto de Alcabala es el tributo que se cancela por las transferencias de inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera que sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio. La transferencia puede darse mediante una venta, donde hay dinero de por medio (oneroso) o en forma de donación (gratuito).

QUIEN COBRA EL IMPUESTO DE ALCABALA

edificioLa Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio que será transferido. Sin embargo, el 50% de lo recaudado deberá ser transferido al Fondo de Inversión Municipal, sólo en los casos en que las Municipalidades Provinciales tengan constituido dicho Fondo. Para el caso de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, que no tiene el fondo referido, le corresponde a todas las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lambayeque el 100% de los ingresos.

CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO
Debe pagar el impuesto, el comprador del inmueble o la persona a quien le están transfiriendo el predio.
 
 

Municipalidad Provincial de Lambayeque
Palacio Municipal - Av. Bolivar Nº 400Telef: 074-282092 Fax: anexo 125
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